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Qué es un Edicto
En el derecho moderno, El Edicto es un mandato, ordenanza o decreto publicado por la autoridad del príncipe, magistrado, juez o autoridad administrativa con el fin de promulgar una disposición, dar noticia de la celebración de un acto, hacer de conocimiento público una resolución, o citar a alguien.
El significado etimológico de la palabra Edicto proviene del latín edictum que al mismo tiempo proviene del verbo edicere que significa prevenir, avisar o proclamar en voz alta y a su vez dicha palabra contiene dicere que significa decir.
Este instrumento jurídico fue creado por primera vez en el Derecho Romano hacia el siglo IV a.C. a manera de comunicación procesal usado por los
pretores de las urbes (praetores urbanus) en lo que correspondía a los litigios llevados entre los ciudadanos romanos. Más tarde dicha facultad se extendería al praetor peregrinus quien podría hacer proclamas respecto a los asuntos en los que también intervinieran extranjeros. Dicha acción de generar anuncios públicos se conocía como ius edicendi, y concedía a los pretores la potestad de publicar un edicto anual en donde se establecían las normas antiguas y nuevas que regirían su actuar durante su mandato de aproximadamente un año (lex annua).
En caso de un imprevisto el pretor tenía la facultad de generar un edicto específico para dicho caso (Edictum repentinum).
En adelante, el edicto se convirtió en una fórmula imperial que solo el soberano emitía y reformaba, sobre algún asunto concerniente a la justicia o administración de su imperio como parte de las constituciones imperiales. Es el tiempo de importantes edictos imperiales que trascendieron a la historia como el Milán de Constantino que otorgó la libertad de religión en el imperio romano y el de Tesalónica promulgado por Teodosio que volvería al cristianismo su religión oficial. Uno de los últimos edictos considerados dentro del derecho romano pero ya con la clara impronta bávara es el Teodorico que data del año 503.
La Real Academia Española, en su Diccionario Panhispánico del español jurídico define de manera general al Edicto como “Anuncio que se expone en
un tablón oficial, ya sea físico o electrónico, para la publicación de disposiciones o resoluciones.”
Adicionalmente en El derecho Administrativo y Procesal la define como “Anuncio que se publica en los periódicos oficiales para conocimientos de las
personas interesadas que no sean partes de los procedimientos que se trate o cuyo domicilio se ignore.”
El Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas (1994) escrito por Ignacio Medina Lima define Edicto como “Notificación
pública realizada por un órgano administrativo o jurisdiccional, de un acuerdo o resolución que debe ser conocido para su cumplimiento o para que surta
efectos legales en relación con los interesados en el asunto de que se trate.” Y “esta clase de actos de comunicación, que pueden comprender
emplazamientos, notificaciones, citaciones, requerimientos, etcétera, se realiza en los casos específicamente señalados por la ley cuando no es
posible llevarlos al cabo mediante notificaciones personales a los destinatarios y sus efectos se equiparan a los de estas últimas.” Adicionalmente se
comenta que “Por la época en que se elaboraron en México los códigos procesales citados, no se encuentra”.